lunes, 12 de diciembre de 2011

Artículo 14 de la Constitución Española

La Constitución española de 1978.

Título I. De los derechos y deberes fundamentales

Capítulo segundo. Derechos y libertades


Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 14

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